Municipalidad de La Criolla - Atención al ciudadano
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Juzgado de Faltas Municipal LA CRIOLLA

Administración de justicia en materia de contravenciones y faltas Municipales con transparencia y accesibilidad para todos los vecinos.

Funciones del Juzgado

El Juzgado de Faltas de la Municipalidad de La Criolla tiene competencia para conocer, juzgar y resolver en todas las contravenciones y faltas previstas en el Código de Faltas Municipal, Ordenanzas y Reglamentos comunales, garantizando el derecho a defensa y el debido proceso.

Trámites y Servicios

Consulta de Infracciones

Verifique sus infracciones de manera rápida y sencilla.

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Pago de Multas

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Defienda su posición ante una infracción municipal.

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Juzgado de Faltas Municipales
Juzgado de Faltas 21 de agosto de 2025

Juzgado de Faltas Municipales

PROBANDO PROBANDO PROBANDO PROBANDO  QUINTA SESIÓN ORDINARIA  Miércoles 30 de julio  17:00 hs  Recinto del Honorable Concejo Deliberante Informamos a […]

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CAPITULO 6. QUANTUM SANCIONATORIOS POR FALTAS DE TRANSITO. SANCIONES:

Artículo Detalle Valor
Art. 35° Las infracciones a los Artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15 de la presente ordenanza serán sancionadas con 30 a 300 unidades multa y/o inhabilitación para conducir de 1 a 30 días
Art. 36° Las infracciones al Art. 19 incs. a) b) y c), serán sancionadas con 25 a 300 Unidades Multa y/o inhabilitación de 1 a 60 días
Art. 37 Las infracciones al Art. 20, serán sancionadas con 40 a 200 Unidades Multa y/o inhabilitación de 1 a 15
Art. 38° Las infracciones al Art. 21, serán sancionadas con 40 a 200 Unidades Multa y se duplicará la pena en el supuesto establecido en el citado artículo
Art. 39° Las infracciones al Art. 22, serán sancionadas con 40 a 500 Unidades Multa y/o inhabilitación de 1 a 60 días
Art. 40° Las infracciones al Art. 23, serán sancionadas con 50 a 500 Unidades Multa y/o inhabilitación de 1 a 20 días
Art. 41° Las infracciones al Art. 24, serán sancionadas con 50 a 500 Unidades Multa y/o inhabilitación de 1 a 15
Art. 42° Las infracciones al Art. 25 y 26 incs. a) a d), serán sancionadas con 50 a 500 Unidades Multa y/o inhabilitación de 1 a 60

ARTICULO 43°: Las infracciones al Art. 27 incs. 1) al 28) de la presente Ordenanza, serán pasibles de la sanción de multa que se especifica a continuación y/o inhabilitación de 1 a 30 días y/o trabajos de utilidad pública de 1 a 30 días:

Inc. 1: sanción de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 2: sanción de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 3: sanción de 40 a 1.000 Unidades Multa. Inc. 4: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 5: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 6: sanción de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 7: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 8: sanción de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 9: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 10: sanci6n de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 11: sanción de 50 a 500 Unidades Multa. Inc. 12: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 13: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 14: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 15: sanción de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 16: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 17: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc.18: sanción de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 19: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 20: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 21: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 22: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 23: sanción de 25 a 500 Unidades Multa. Inc. 24: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 25: sanción de 25 a 300 Unidades MuIta. Inc. 26: sanción de 25 a 300 Unidades Multa. Inc. 27: sanción de 40 a 5.00 Unidades Multa. Inc. 28: sanción de 25 a 300 Unidades Multa.

Importante: CAPITULO 5. QUANTUM SANCIÓNATORIOS
ARTICULO 33°.- El presente capitulo regula los montos mínimos y máximos de las sanciones de naturaleza pecuniaria establecidas en la presente. En todo lo que aquí no fuera específicamente regulados regirán las prohibiciones y sanciones que establece la normativa nacional de transito.-
ARTICULO 34° Fijase el valor de la "Unidad Multa" en el equivalente al precio promedio de adquisición por consumidor minorista de un (1) litro de gas-oíl calidad INFINIA DIESEL en la estación de Servicio YPF del Departamento Concordia al día de la fecha en que la sanción quede firme y consentida o del día que fuere abonada por el infractor si lo hiciera en fecha anterior.-

Nuestro Equipo

Dr. Victorio Sebastian
Juez de Faltas

A cargo de la resolución de las infracciones Municipales y garantía del debido proceso.

juezfaltas@lacriolla.gob.ar
Sra. Gonzalez Adriana
Secretaria

Atención al público, seguimiento de expedientes y multas, gestión de turnos, comunicados.

secretariajuzgado@lacriolla.gob.ar
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